Antecedentes
La
Pre-historia:
Difícil
establecer existencia de sociedad como conocemos hoy. El hombre vivía en
comunidad, se presume existía relación definida entre miembros organizados no
jurídicamente, sino normas sociales.
Resulta
difícil distinguir entre religión, costumbres y leyes.
“La sanción
divina acompañaba todos los actos, la costumbre imperaba en las relaciones
sociales y la idea de progreso era aborrecida”
Los derechos
humanos solo se remonta hasta la Grecia Antigua-Surgieron junto con el Derecho
Natural.
La esclavitud
institución humanitaria porque al haber abundancia de alimentos en sociedades
primitivas-resulto innecesario el canibalismo y se perdono la vida a los
cautivos para dedicarles al servicio de sus dueños.
El primero y
mas remoto fundamento o antecedente de los DD.HH., se encuentra en el relato
bíblico de la creación del hombre, ej.: Deuteronomio: se habla de la pobreza y
la esclavitud-La ayuda debe darse al prójimo y en especifico al sujeto carente
de recursos.
Administración
de Justicia: los jueces habrán de calificar justamente al pueblo y desea
mostrar el correcto camino de dicha administración.
En la
Biblia-libro del Éxodo: normas religiosas-preceptos básicos implica
reconocimiento de derechos humanos. El derecho a la vida (no mataras), el
derecho de propiedad (no robaras), derecho a un juicio justo (no levantaras
falso testimonio).
En Egipto: se
reconocía el respeto a la vida y a la propiedad, ya que en el papiro 3292 del
Legajo de Louvre, se expresa: “No he despojado al hombre de lo que le
pertenece-No he matado a ningún hombre”.
Los Persas:
existía normas jurídicas que contemplaban el respeto a la vida y a la propiedad
contenidos en el Código de Hammurabi: Data de la primera dinastía de Babilonia
(1792-1750. A.C.).
Consta de decisiones
legales e inscritas en una estela de diorita colocada en el templo de Marduk de
Babilonia.
Son 282
Leyes, incluyen disposiciones: económicas (precios, tarifas, comercio); D. Fliar. (matrimonio-divorcio);
D. penales (asalto, robo); D. Civil (esclavitud, deudas). Las penas variaban de
acuerdo al “status” del ofensor.
Lex Talionis
“ojo por ojo, diente por diente”
Antigua
Grecia:
Sociedad de
un gran desarrollo cultural, cimiento de nuestra actual civilización
occidental. Numerosas pequeñas comunidades políticas, o ciudad-estado, los
ciudadanos compartían vínculos de raza, lengua y mitología. En estas sociedades
surgieron Sócrates, Platón y Aristóteles.
Consideraban
a la sociedad como un resultado que brota necesariamente de la misma conducta
humana.
Se
conformaban de tres grupos sociales:
1-Ciudadanos
(nativos de la polis-se encargaban de la dirección del gobierno democrático de
la ciudad-estado).
2-Metecos o
extranjeros (dedicados a actividades comerciales)
3-Esclavos
(encargados de la principal fuerza de trabajo y generadores de producto físico
de esa sociedad). Se da por supuesta la existencia de la esclavitud
Pensadores:
-Sofistas: la
autoridad política en la fuerza-carácter egoísta de los hombres y desigualdad
de facultades. No creían en la naturaleza social del hombre-el gobierno
entendían “Consecuencia del compromiso de los fuertes para humillar a los
débiles o del acuerdo de los débiles para defenderse de los poderosos”.
Separación entre moral y derecho. La Ley deriva de la autoridad.
Sócrates:
Fue un
critico franco o abierto de la democracia ateniense y da la presunción de que
cualquier hombre puede desempeñar cualquier puesto.
Concepto muy
optimista y elevado de la naturaleza humana y la dignidad del hombre.
El individuo
debe obedecer los preceptos básicos y fundamentales de su razón, con preferencia
a las leyes vigentes de un Estado.
Paltón:
La Republica
se refiere al hombre bueno y a la vida buena.
El hombre
bueno tenia que ser un buen ciudadano.
Aristóteles:
Estructura de
la democracia de la “polis”. Participación política de todos los ciudadanos. En
su libro la Política: Justifica la esclavitud: algunos hombres por naturaleza
son libres, y otros esclavos, y que para estos últimos la esclavitud es justa y
conveniente. El hombre es un “animal político”. Ciudadanos: (guerreros-sacerdotes-magistrados).
Así pues
notamos en Grecia una preocupación por el hombre y los principios que
posteriormente salvaguardaría la integridad y dignidad humana
Roma: S. VIII
A.C.-Fundación. S. V-d.C-Caida del Imperio.
Institución
Social-Económica de la Esclavitud.
Distinción
entre romanos y pueblos conquistadores.
Se crea un
sistema jurídico muy amplio y completo-plenamente definido y jerarquizado.
Las normas
del “Ius Civilis”.
Pensamiento
Estoico: el mundo sujeto a gobierno divino (Dios)
1-Introduccion
al Derecho Natural-pensamiento filosófico.
2-El Derecho
como el Gobierno tiene sus raíces por divina providencia.
Derecho
Natural_ “ius gentium”
Pensadores:
Marco Tulio
Cicerón: pensamiento ecléctico del derecho natural.
Distingue Ley
Natural anterior y superior a la Ley civil.
Pensamiento
Padres de la Iglesia:
Para la
dignidad de la persona humana y prerrogativas esenciales.
San Ambrosio:
en materia espiritual la iglesia tiene jurisdicción sobre todos los cristianos,
incluyendo al Emperador.
San Agustín:
obra “ciudad de Dios” no enfrenta al Estado Civil con la Iglesia.
Naturaleza
humana es doble: es espíritu y cuerpo.
Edad Media:
Aparición del
Vasallo ante el señor Feudal.
La corte
Feudal.
Concilios V,
VI y VIII de Toledo, 636-638 y 653
Concilio VI:
nadie puede ser condenado si no existe acusador legal.
Concilio VIII
de Toledo: Limita las facultades al Rey=Principio: “Nullum crimen sine lege,
nulla poena sine lege”
Fueros
Castellanos-Leoneses y Aragoneses, S XI y XII
Regulaban la
autoridad real e instituían garantías personales.
Carta Magna
de Juan Sintierra-15 junio 1215.
Documento
entre: Rey Juan, el Clero y barones del reino para llegar a términos y
finiquitar disputas.
Libertad de
la Iglesia-Libertad personal-Dominio de propiedad- Garantías procesales.
El Bill of
Habeas Corpus de 1679:
Existía dos
grupos: la nobleza terrateniente por una parte y la burguesía de la ciudad la
otra.
Garantiza a
los ciudadanos la libertad individual, obligando a los jueces a llamar a todo
preso ante el Tribunal dentro de las 24 hs. y a darle libertad provisoria sino
se comprobaba debidamente el motivo de su detención.
La
Declaración de Derechos de 1689: por un lado los whigs: son burgueses, política
y religiosamente liberales, con tendencia a ampliar los poderes del parlamento.
Por otro los Tories: son conservadores, fieles al rey y sostienen la tesis del
origen divino del poder real.
El rey no
podía suspender la aplicación de las leyes, ni crear impuestos o disponer
ejércitos sin consentimiento del parlamento. Libertad de culto, la justicia
igualitaria.
El
Constitucionalismo de los EE.UU.: 04/07/1776. Congreso de Filadelfia proclamo
la independencia.
En 1787 se
promulgo al Constitución de los EE.UU. Y en 1789 ella fue complementada con las
10 enmiendas que consagran la libertad religiosa, la libertad de palabra, de
prensa y reunión, la inviolabilidad del hogar, la seguridad personal, el
derecho de propiedad y algunas garantías judiciales.
La
Declaración de los Ds. Del Hombre y del Ciudadano de 1789:
Los hombres
nacen libres e iguales en sus Ds. Las distinciones sociales solo pueden
fundarse en la utilidad común. Estos Ds. Son la Libertad, la resistencia a la
opresión, la propiedad, la seguridad personal. El principio de toda soberanía
reside en la Nación.
Establece la
igualdad ante la Ley y las garantías procesales.
Nacimiento de
la Sociedad de las Naciones: el Pacto de la Liga de las Naciones-1920-no
contenía normas de DD.HH. Empezó sólo como Protección de las Minorías.
Protección de carácter grupal, pero no era una protección global. OBJETIVOS:
Garantizar la
Paz y la Seguridad. Tenia como fin evitar las guerras mediante soluciones
pacificas. Reducción de armamentos. No contenía normas de DD.HH.
Carta de la
Naciones Unidas:
El fracaso de
la Sociedad de las Naciones Unidas para mantener la Paz y la seguridad
internacional, y las graves consecuencias de la 2da. Guerra Mundial fueron los
factores esenciales para la creación de la ONU. Propósito:
Realizar la
cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de
carácter económico, social, cultural y humanitario, y el desarrollo y estimulo
del respeto a los DD.HH. Y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer
distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión.
Declaración
Universal de los DD.HH. 10/12/1948
Carta de la
OEA 02/07/1948.
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